- En el caso de autoconsumos sin venta de excedentes, se permite que el autoconsumidor tenga contratado el “precio voluntario al pequeño consumidor” o el bono social.
- Las instalaciones de P<100kW y conectadas a una tensión no superior a 1kV se les exime de la autorización administrativa previa y de construcción.
- Se exime del pago de cargos variables (peajes de respaldo) a los autoconsumos de <10kW
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